El pasado 28 de julio entró en vigor la Ley 5/2025, publicada previamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se trata de una de las reformas más relevantes de los últimos años en materia de responsabilidad civil y seguros vinculados a la circulación de vehículos. El objetivo central es doble: adaptar la normativa a la realidad de los nuevos medios de movilidad y garantizar una protección más amplia y efectiva a las personas que sufran un accidente de tráfico.

VEHÍCULOS A MOTOR: ¿QUÉ CAMBIA CON LA NUEVA LEY?
Hasta ahora, la legislación solo obligaba a contratar un seguro a los vehículos con autorización administrativa para circular, como coches y motocicletas. Con la nueva norma, la definición se amplía de manera significativa.

Se considerarán vehículos de motor aquellos que:

  • Superen los 25 km/h, o

  • Superen los 14 km/h y tengan un peso superior a los 25 kg.

En consecuencia, muchos vehículos eléctricos que hasta ahora circulaban sin cobertura aseguradora pasarán a necesitar matrícula y seguro obligatorio. El Gobierno ha previsto un período transitorio de seis meses para que los propietarios puedan regularizar la situación.

Otro punto clave de la reforma es la creación de un seguro específico para vehículos personales ligeros, como:

  • Patinetes eléctricos,

  • Bicicletas con pedaleo asistido,

  • Y cierta maquinaria industrial ligera.

Esta medida responde al fuerte incremento de estos medios en la movilidad urbana y a los accidentes que se han asociado en los últimos años. No obstante, su aplicación no será inmediata: está previsto que entre en vigor el 2 de enero de 2026, una vez aprobado el reglamento que establecerá las condiciones concretas.

NUEVAS OBLIGACIONES DE SEGURO PARA LA MOVILIDAD PERSONAL
La nueva ley también refuerza la protección cuando se produce un accidente y la aseguradora no puede hacer frente a las indemnizaciones. Hasta ahora, el Consorcio de Compensación de Seguros solo asumía los casos en que el vehículo responsable no estaba asegurado o no se había podido identificar.

A partir de ahora, el Consorcio cubrirá también los daños ocasionados por vehículos que estaban asegurados pero cuya compañía ha entrado en quiebra o liquidación. De esta forma, se garantiza que las víctimas no queden desprotegidas por causas ajenas.

PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓN MÁS ÁGILES
La reforma busca reducir la lentitud y complejidad de los procesos judiciales. A partir de ahora:

  • Las ofertas de indemnización deberán incluir el informe médico definitivo, que no podrá presentarse más adelante ante el juzgado,

  • Se impulsará el uso de mecanismos alternativos de resolución de conflictos antes de llegar a juicio,

  • Las demandas deberán ir acompañadas de documentación que acredite el proceso previo, como la oferta motivada o la reclamación extrajudicial.

NUEVOS DERECHOS PARA LAS VÍCTIMAS
La Ley 5/2025 también reconoce nuevos derechos a los afectados en accidentes de tráfico. Entre las principales novedades:

  • Posibilidad de recurrir al Instituto de Medicina Legal aunque la aseguradora considere que no hay lesiones,

  • Derecho a recibir copias gratuitas de los informes y atestados policiales,

  • Libertad de elegir el centro médico u hospitalario para recibir atención, con la obligación de que la aseguradora reembolse los gastos si hay justificación médica.

AUMENTO Y MEJORA DE LAS INDEMNIZACIONES
También se ha actualizado el baremo de compensaciones económicas, con incrementos en casos graves y nuevas tablas para colectivos que hasta ahora quedaban poco cubiertos. Destacan las mejoras para:

  • Personas con secuelas severas como parálisis o ceguera (con más horas de ayuda reconocidas),

  • Personas mayores de 45 años con dificultades de reinserción laboral,

  • Jóvenes menores de 30 años sin experiencia previa en el mercado laboral,

  • Y personas que realizan tareas domésticas no remuneradas, que por primera vez cuentan con un cálculo específico para las indemnizaciones.

Cabe destacar que todas estas compensaciones seguirán exentas del IRPF, incluso en los casos en que sean abonadas por el Consorcio de Compensación.

UNA REFORMA DE GRAN ALCANCE
En conjunto, la Ley 5/2025 supone un salto cualitativo en materia de seguridad vial y protección de las víctimas. La ampliación de la obligación de seguro a los nuevos vehículos, la garantía de indemnizaciones incluso cuando las aseguradoras fallen, y la mejora de los derechos y compensaciones de las personas accidentadas configuran un nuevo escenario legal que afectará tanto a conductores como a usuarios de vehículos ligeros y peatones.

La reforma, que responde a una realidad de movilidad en transformación, pretende equilibrar innovación y seguridad, asegurando que ninguna víctima de accidente de tráfico quede desamparada.

En Feliu Consultors estamos a disposición de nuestros clientes para resolver cualquier duda sobre estas novedades legales y asesorarles en la gestión de sus seguros y responsabilidades derivadas de la nueva normativa. Contáctanos y te asesoraremos.

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