Los conductores y propietarios de vehículos en Cataluña y el resto de España deben adaptarse a una serie de cambios normativos importantes que entran en vigor este 2025 y el próximo 2026. Las novedades afectan tanto al seguro obligatorio y la responsabilidad civil como a la movilidad, los impuestos municipales y la seguridad vial.

NUEVO CONCEPTO DE “VEHÍCULO DE MOTOR” Y SEGURO OBLIGATORIO

La Ley 5/2025 redefine qué se considera vehículo de motor. En términos generales, se incluyen:

  • Vehículos con velocidad máxima superior a 25 km/h, o
  • Vehículos con un peso superior a 25 kg y velocidad superior a 14 km/h.

Esta redefinición afecta especialmente a vehículos ligeros y de micromovilidad, que antes podrían haber quedado fuera de la obligación de seguro. A partir de ahora, todos estos vehículos deberán disponer de seguro de responsabilidad civil.

Además, los baremos de indemnización por accidentes se han actualizado, mejorando la protección de las víctimas y agilizando los procedimientos para la reclamación de daños materiales y personales.

SEGURIDAD VIAL: LA BALIZA V16 SERÁ OBLIGATORIA

Uno de los cambios más importantes en materia de seguridad será la entrada en vigor, el 1 de enero de 2026, de la baliza V16 conectada para vehículos detenidos o averiados. Esta medida sustituirá a los tradicionales triángulos de emergencia y permitirá geolocalizar el vehículo en caso de incidencia, mejorando significativamente la seguridad de conductores y ocupantes.

IMPUESTOS Y BONIFICACIONES MUNICIPALES

  • Los ayuntamientos catalanes pueden ofrecer bonificaciones de hasta el 75% en el impuesto de vehículos (IVTM) para vehículos eléctricos e híbridos.
  • También se mantiene la tendencia a limitar ventajas para vehículos más contaminantes y se prevé que determinados municipios aplicarán restricciones de acceso a zonas de bajas emisiones según la etiqueta ambiental del vehículo.

MOVILIDAD SOSTENIBLE Y ADAPTACIÓN DE LA NORMATIVA

La nueva legislación regula claramente la micromovilidad y los nuevos tipos de vehículos ligeros como triciclos, cuadriciclos y patinetes eléctricos potentes. También se ha definido con precisión qué significa que un vehículo esté “en circulación”, incluyendo situaciones como estar aparcado, en movimiento mínimo o en rampa.

ITV Y VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

El control técnico de vehículos (ITV) se adaptará progresivamente con:

  • Revisión más estricta de emisiones reales
  • Control de vehículos con reformas o kits eléctricos
  • Digitalización de citas y resultados

Los vehículos eléctricos e híbridos continuarán beneficiándose de incentivos para puntos de recarga y zonas de aparcamiento preferente, según convocatorias y presupuestos municipales.

QUÉ DEBES HACER COMO CONDUCTOR

Feliu Consultors recomienda a los conductores:

  • Revisar si tu vehículo entra dentro de la nueva definición de vehículo de motor, especialmente si se trata de micromovilidad o vehículos ligeros.
  • Comprobar que el seguro es válido según la nueva normativa.
  • Prepararte para llevar la baliza V16 antes de 2026.
  • Revisar bonificaciones e impuestos municipales según la etiqueta ambiental del vehículo.
  • Mantener el vehículo al día en ITV y emisiones, especialmente si ha sido modificado o es un vehículo nuevo.

En Feliu Consultors estamos a tu disposición para asesorarte sobre seguros, impuestos y normativa de vehículos. Nuestra misión es que nuestros clientes circulen con seguridad y cumplan con todos los requisitos legales vigentes. Contáctanos y te ayudaremos a encontrar el mejor seguro para tu vehículo.

www.feliuconsultors.com

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