El pasado 9 de octubre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el acuerdo bilateral entre el Reino de España y la República de Honduras sobre el reconocimiento recíproco y el canje de permisos de conducción nacionales. Este convenio tiene como objetivo facilitar la movilidad de los ciudadanos de ambos países, garantizando la homologación de sus permisos de conducción bajo condiciones de seguridad vial y conformidad con la normativa internacional.

A partir del día 26 de noviembre de 2024, entra en vigor el convenio de canje con Honduras ya partir de ahora se podrán solicitar peticiones de cita de canje. Tal y como se hace con el resto de canjes de convenio, que se verifican con cita previa, deberá presentarse la carpeta el día de la cita con toda la documentación necesaria.

Principales puntos del acuerdo:

  1. Reconocimiento recíproco: Los permisos de conducción nacionales expedidos en uno de los dos países serán válidos para conducir temporalmente en el territorio del otro, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.
  2. Canje de permisos sin pruebas adicionales: Los titulares de permisos de conducción válidos y vigentes podrán solicitar el canje por un permiso equivalente en el país de residencia sin necesidad de realizar exámenes teóricos o prácticos. Sin embargo, para permisos de clases específicas (C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E), se requerirá una prueba práctica de circulación.
  3. Verificación de autenticidad: Previo al canje, las autoridades de cada país intercambiarán información para verificar la validez del permiso original.
  4. Duración indefinida del acuerdo: El convenio estará vigente indefinidamente, aunque cualquiera de las Partes podrá denunciarlo con un preaviso de 90 días.

Autoridades competentes:

  • En España: La Dirección General de Tráfico (DGT).
  • En Honduras: La Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT).

Este acuerdo refleja la cooperación entre ambos países en materia de movilidad y respeto a los derechos fundamentales, garantizando la protección de datos personales en los procesos de intercambio de información. Para más detalles, consulta el texto completo del acuerdo publicado en el BOE.

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