Los beneficiarios del Plan Moves III, destinado a fomentar la compra de vehículos eléctricos, deben estar atentos a una obligación fiscal importante: incluir la ayuda recibida en su Declaración de la Renta 2024, que se presenta entre abril y junio de 2025. Esta subvención, aunque no se perciba como un ingreso convencional, tributa como una ganancia patrimonial y debe ser reflejada en la casilla 0301 del modelo 100 de la Agencia Tributaria.

¿Cuándo debe declararse la ayuda?

Un aspecto clave es que la ayuda se declara en el ejercicio en que se cobra, no cuando se adquiere el vehículo. Por ejemplo, si el coche se compró en 2022 pero la ayuda se recibió en 2024, debe declararse en la Renta de 2024.

Impacto en el resultado de la declaración

Incluir esta ayuda puede empeorar el resultado de la declaración, ya que se añade a los ingresos del contribuyente. No obstante, Hacienda contempla una posible deducción en el IRPF de hasta 3.000 euros, que podría aliviar parcialmente el impacto fiscal.

¿Cuánto se paga a Hacienda?

El importe a devolver dependerá del nivel de ingresos del contribuyente. Puede llegar a ser el 50% de la subvención en algunos casos.

Conclusión

Los contribuyentes deben tener en cuenta esta obligación fiscal al planificar su Declaración de la Renta 2024. No declarar la ayuda puede acarrear sanciones, mientras que hacerlo correctamente permitirá acogerse a posibles deducciones.

Desde nuestra asesoría disponemos de un departamento fiscal especializado que puede encargarse de su Declaración de la Renta, revisando específicamente este punto del Plan Moves III para garantizar el cumplimiento de la normativa y optimizar el resultado. No dude en contactarnos para asesorarle de manera personalizada.

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