Este miércoles 23 de diciembre ha sido publicado al BOE lo Real Decreto Ley 35/2020, de 22 de diciembre que fija regulaciones en materia de: arrendamientos de locales de negocio.

Las medidas se diferencian en:

  • Si se trata de grandes tenedores (persona física o jurídica con más de 10 inmuebles urbanos o más de 1.500m2 construidos). Si el arrendatario lo solo•licita el arrendador de forma exprés tiene que optar por:

Reducción del 50% la renta por el tiempo que dure el estado de alarma con un máximo de 4 meses

Moratoria del pago de la renta por el tiempo que dure el estado de alarma con un máximo de 4 meses a devolverse en las rentas de los 2 años siguientes.

  • Si se trata del resto de tenedores, se impulsan los pactos voluntarios de reducción o moratoria. Se fija que podrá disponerse de la fianza para hacer frente a los pagos aplazados o reducidos.

Los arrendatarios que pueden solicitar estas medidas son autónomos y Pymes.

– Medidas en materia de cotización por ERTE’s prorrogados hasta el 31/01/2021 por determinadas actividades de turismo, hostelería y comercio.

Las empresas que estén de ERTE y formen parte de unos IAE’s determinados (arte 7 RDL) quedarán exoneradas de la aportación empresarial a la SS siempre que se cumplan unos requisitos. La exoneración va del 75% al 85% sobre la aportación empresarial

Se establece la posibilidad de aplazar deudas tributarias de declaraciones y autoliquidaciones que el plazo de presentación finalice en abril del 2021 (1T 2021)

Permiten aplazar IVA, retenciones, pagos fraccionados, etc.

6 meses sin intereses.

Límite de garantía de 30.000 euros

En cuanto a las medidas en el IRPF:

  • Se establecen medidas por el cómputo de estimación objetiva
  • Se fija la DA 49° en la que se admite que la rebaja pactada con el arrendatario de forma voluntaria pueda computarse como un gasto deducible para los meses de enero, febrero y marzo 2021 que será aplicable en la renta del 2021 (no será de aplicación para los grandes tenedores)
  • Se reduce de 6 a 3 meses las cantidades debidas y consideradas como saldos de dudoso cobro cobro
  • Se flexibilizan los requisitos del cheque restaurando admitiendo que el servicio de hostelería se preste fuera de un local (take away o entregas)

 

En cuanto a las medidas en la IS:

  • Se reduce de 6 a 3 meses el plazo que tiene que transcurrir porque un crédito pueda ser considerado como insolvencia de deudores y por tanto deducible.
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