El 28 de febrero se aprobó el DECRETO LEY 1/2023, por el cual se establecen medidas extraordinarias y urgentes para hacer frente en la situación de sequía excepcional en el ámbito del distrito de cuenca fluvial de Cataluña.
El Decreto aplicó las restricciones el jueves 2 de marzo que afectan 224 municipios de 15 comarcas y cerca de 6 millones de habitantes.

Restricciones aplicadas:
• Reduce el volumen de agua que entra al depósito municipal a un máximo de 230 litros por habitante y día, actualmente era de 250 litros.
• Reducción de agua en algunos usos, como la reducción del 40% del agua para usos agrícolas, la reducción del 15% para usos industriales, la reducción del agua para usos lúdicos (15% en usos asimilables y 50% en riego).
• Se prohíbe la limpieza de calles con agua potable.
• Prohibición del riego de zonas verdes, públicas y privadas. Solo se pueden hacer riegos de supervivencia a árboles o plantas con la cantidad mínima de agua y de ocho de la tarde a ocho de la mañana (con riego gota a gota o bien con regadera)
• El riego de césped está prohibido excepto si es por la práctica deportiva, que queda limitado.
• A casa solo se podrán lavar los vidrios y los espejos del coche, para el resto habrá que ir a establecimientos con sistemas de recirculación (vehículos de transporte de comer, animales, ambulancias y medicamentos no se los afecta)
• Las piscinas solo se pueden rellenar parcialmente y con sistema de recirculación.
• Queda prohibido llenar fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua, excepto lagos artificiales que hagan de apoyo vital de vida acuática.

Si necesita más información o como le afecta el Decreto Ley 1/2023, no dude al contactar con nosotros.

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