Las criptomonedas son divisas alternativas de origen y naturaleza digital, monedas virtuales. Su uso cada vez se está extendiendo más aunque no disponen de ningún mecanismo de regulación y están a expensas de la evolución y fluctuación del mercado, lo que las convierte en divisas altamente fluctuantes.
¿CÓMO SE TRIBUTAN?
Existen varios parámetros por los cuales existe obligación de declarar por dichas monedas virtuales;
- IMPUESTO DE LA RENTA DE LA PERSONAS FÍSICAS
– Transacciones; cualquier variación patrimonial fruto de las criptomonedas deberá ser declarada dentro del apartado de ganancia o pérdida patrimonial de la declaración del IRPF, exista o no transmisión de las mismas
– Rendimientos del capital; aquellos intereses que hayan podido generar las plataformas en las que estén depositadas
– Actividad económica; para aquellos que realicen actividades de gestión de las criptomonedas para terceros interesados
- IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO
Se incluirá en la declaración por su valoración a fecha del cierre del ejercicio
- DECLARACIÓN DE BIENES EN EL EXTRANJERO
La Ley 11/2021 ha querido poner en el punto de mira las criptomonedas y ha especificado la necesidad de informar sobre las mismas cuando se encuentren depositadas en el extranjero y superen la valoración de 50.000 euros a 31/12.
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