La seguridad en las carreteras es una cuestión esencial para todos los usuarios de la vía pública, incluyendo a los ciclistas. La normativa de tránsito establece diversas medidas para garantizar la seguridad de los ciclistas durante las maniobras de adelantamiento. En este artículo, analizaremos las disposiciones legales relacionadas con el adelantamiento de ciclistas, incluyendo la distancia lateral mínima, el cambio de carril en carreteras con varios carriles y las sanciones por incumplimiento de las normas.

La normativa establece que los automóviles deben adelantar a un ciclista o al conductor de un ciclomotor (que incluye a los patinetes eléctricos) manteniendo una distancia lateral mínima de 1,5 m, para lo cual podrán ocupar parte del carril contiguo o contrario.

Esto no varía con la entrada en vigor de los cambios, pero se añade un matiz muy importante a tener en cuenta: en aquellas carreteras que dispongan de más de un carril por sentido, se deberá cambiar obligatoriamente de carril por completo, lo que supone mantener una distancia de seguridad aún mayor para hacer dicho adelantamiento.

Por lo tanto, el artículo 35.4 de la Ley de tráfico, que recoge cómo se deben ejecutar las maniobras de adelantamiento de automóviles a ciclos y ciclomotores, ha quedado redactado de la siguiente manera:

«El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, lo debe hacer ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, si procede, de la calzada y guardando una amplitud de seguridad de, al menos, 1,5 metros, excepto cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, caso en el que será obligatorio el cambio completo de carril.»

Por otro lado, no hay cambios en caso de que los ciclistas, o grupo de estos, circulen en sentido contrario, que seguirá en los mismos términos.

«Queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si estos ciclistas circulan por el arcén.»

La sanción por adelantar incorrectamente a ciclistas ha aumentado a 6 puntos.

El adelantamiento de ciclistas es una maniobra que requiere especial atención y responsabilidad por parte de los conductores. La normativa de seguridad establece la distancia lateral mínima de 1,5 metros y, en carreteras con varios carriles, la obligación de cambiar completamente de carril. Es fundamental respetar estas normas para garantizar la seguridad de los ciclistas y evitar accidentes. Recuerda que cumplir con las normas de tránsito no solo es una obligación legal, sino también una responsabilidad compartida para mantener las carreteras seguras para todos.

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