A finales de diciembre, se aprobaron importantes cambios fiscales mediante la Ley 7/2024 y los Reales Decretos-Ley 9/2024 y 10/2024. Estas modificaciones afectan directamente al IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el IVA, con el objetivo de adaptar el sistema fiscal a los retos económicos actuales y fomentar un marco tributario más equilibrado y eficiente.

PRINCIPALES CAMBIOS EN EL IRPF

  • Límites exentos de declaración ampliados: A partir del 1 de enero de 2025, los contribuyentes con ingresos anuales de hasta 22.000 € estarán exentos de presentar la declaración de la renta, siempre que los ingresos provenientes del segundo pagador no superen los 2.500 € (anteriormente 1.500 €).
  • Deducciones por eficiencia energética prorrogadas:
    • Las obras destinadas a reducir la demanda de calefacción y refrigeración en viviendas habituales o arrendadas podrán deducirse un 20%, con un límite de 5.000 €, hasta el 31 de diciembre de 2025.
    • La mejora en el consumo de energía primaria no renovable tendrá una deducción del 40%, con un límite de 7.500 €.
    • Las obras de rehabilitación energética en edificios residenciales gozarán de un 60% de deducción, con una base anual máxima de 5.000 €, pudiéndose acumular hasta 15.000 € en los ejercicios siguientes.
  • Fomento de los vehículos eléctricos: Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción del 15% para la compra de un único vehículo eléctrico nuevo o la instalación de puntos de recarga en inmuebles. Las deducciones tienen un límite de 20.000 € y 4.000 €, respectivamente.
  • Incremento del tipo marginal en el ahorro: Los rendimientos del ahorro que superen los 300.000 € tributarán al 30%, en lugar del 28%, reforzando la progresividad del sistema.
  • Reducción para rendimientos artísticos excepcionales: Los ingresos derivados de actividades artísticas que superen el 130% de la media de los últimos tres años tendrán una reducción del 30%, con un límite máximo de 150.000 € anuales.

NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Reserva de capitalización ampliada: Las empresas podrán beneficiarse de un porcentaje de reducción del 20% al 30% si incrementan su plantilla entre un 2% y un 10%, o más. Además, se amplía el límite de aplicación de la reducción al 20%-25% de la base imponible, dependiendo del volumen de negocios.
  • Tipos reducidos para micropymes:
    • Las empresas con ingresos anuales inferiores a 1 millón de euros tributarán al 17% por los primeros 50.000 € de base imponible y al 20% por el resto.
    • Las entidades de reducida dimensión con ingresos inferiores a 10 millones de euros tendrán un tipo impositivo del 20%.
  • Tributación mínima global del 15%: Se introduce un nuevo impuesto complementario que asegura que los grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud tributen al menos un 15% de sus beneficios en cada jurisdicción, alineándose con el Pilar 2 de la OCDE.

CAMBIOS EN EL IVA

  • Tipo reducido del 4%: La leche fermentada pasa a tributar al tipo superreducido, lo que beneficiará a consumidores y productores.
  • Medidas antifraude en carburantes: Los titulares de depósitos fiscales estarán obligados a garantizar el pago del IVA antes de que los carburantes salgan de sus instalaciones. También se establecen responsabilidades solidarias y la obligación de presentar declaraciones mensuales.
  • Prórrogas en regímenes especiales: Los límites de los regímenes simplificados y módulos se mantendrán en 2025, favoreciendo la estabilidad de sectores como la agricultura, la ganadería y la pesca.

OTRAS MEDIDAS DESTACADAS

  • Devoluciones a mutualistas: Se regulan los procedimientos para las devoluciones correspondientes a los periodos impositivos 2019-2022, siguiendo lo dictado por el Tribunal Supremo.
  • Facturación electrónica: Las plataformas privadas deberán remitir una copia de cada factura emitida a la solución pública, garantizando una mayor transparencia y protección de datos.
  • Arrendamientos turísticos: Se trabaja en la armonización del IVA en la UE para permitir gravar alquileres de corta duración en zonas con saturación turística o dificultades de acceso a la vivienda.

Estas medidas comenzarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025 y buscan mejorar la sostenibilidad del sistema fiscal, combatir el fraude y fomentar un crecimiento económico equilibrado.

En Feliu Consultors, disponemos de un departamento especializado en economía y fiscalidad que puede asesoraros para adaptaros a estos cambios y optimizar vuestra situación fiscal. ¡No dudéis en contactarnos!

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