Desde el 1 de noviembre de 2024, las personas beneficiarias de determinados subsidios por desocupación pueden compatibilizar el cobro de la ayuda con un trabajo por cuenta ajena, tanto a jornada completa como parcial, gracias al nuevo Complemento de Apoyo a la Ocupación (CSO) impulsado por el Servicio Público de Ocupación Estatal (SEPE).

Esta medida representa una novedad importante en la gestión de los subsidios de paro, puesto que facilita la reincorporación al mercado laboral sin perder inmediatamente el apoyo económico que ofrece la prestación.

Qué es el Complemento de Apoyo a la Ocupación?

El Complemento de Apoyo a la Ocupación (CSO) es un mecanismo que permite a determinadas personas en situación de desocupación continuar percibiendo una parte del subsidio mientras trabajan por cuenta ajena.

El objetivo es favorecer una transición más segura hacia la ocupación, incentivando la aceptación de ofertas laborales y reduciendo el riesgo económico que puede comportar la incorporación a un nuevo trabajo.

Quién puede beneficiarse del CSO?

Podrán acceder al Complemento de Apoyo a la Ocupación las personas que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

Haber agotado la prestación contributiva por desocupación y acceder posteriormente a un subsidio.
Haber finalizado una relación laboral por cuenta ajena con una cotización acumulada de entre 90 y 359 días, accediendo al subsidio a partir del 1 de noviembre de 2024.
Ser beneficiario de un subsidio compatible e iniciar una nueva actividad laboral.
En estos casos, el SEPE reconoce el complemento de oficio, sin necesidad de presentar ninguna solicitud específica.

Compatibilidad del subsidio con un trabajo

Una de las principales novedades de la reforma es que el subsidio se transforma automáticamente en un Complemento de Apoyo a la Ocupación cuando la persona beneficiaria inicia un trabajo compatible.

Esto significa que se puede continuar percibiendo una parte de la ayuda mientras se trabaja, independientemente de que el contrato sea a jornada completa o parcial.

Además, durante el periodo de percepción del CSO, los ingresos obtenidos de la actividad laboral compatible no se computan para acreditar el requisito de carencia de rentas exigido para mantener el subsidio.

Cuánto de tiempo se puede cobrar el Complemento de Apoyo a la Ocupación?

La duración máxima del CSO es de 180 días.

Es importante tener en cuenta que:

  • Los días percibidos como CSO se descuentan de la duración total del subsidio reconocido.
  • La duración del complemento no puede superar la vigencia del contrato compatible.
  • Una vez agotados los 180 días, no será posible volver a compatibilizar aquel mismo subsidio con una nueva relación laboral.

Qué cuantía se percibe?

El importe del Complemento de Apoyo a la Ocupación varía en función de dos factores principales:

1. El trimestre de percepción del subsidio

La cantidad se reduce progresivamente a medida que avanza el periodo de cobro del subsidio.

2. La jornada laboral del contrato compatible

La cuantía también dependerá de si la persona trabaja a jornada completa o parcial.

Durante el primer trimestre, el importe puede llegar hasta los 480 euros mensuales en contratos a jornada completa, reduciéndose progresivamente en los periodos posteriores.

Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas que perciban el Complemento de Apoyo a la Ocupación tienen que comunicar al SEPE cualquier suspensión o extinción del contrato de trabajo compatible en un plazo máximo de 15 días hábiles.

El incumplimiento de esta obligación puede comportar:

  • La devolución de las cantidades percibidas indebidamente.
  • El inicio de un procedimiento sancionador.
  • La posible pérdida del derecho a continuar percibiendo la ayuda.

Cuando no es posible compatibilizar el subsidio con un trabajo?

La normativa establece varios supuestos de exclusión, entre los cuales destacan:

  • Contrataciones vinculadas a expedientes de regulación de ocupación (ERO) o al Mecanismo RED.
  • Contrataciones en empresas donde la persona trabajadora haya prestado servicios durante los doce meses anteriores.
  • Contrataciones realizadas por familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Otras situaciones expresamente excluidas por la normativa vigente.

Una oportunidad para facilitar la reincorporación laboral

El nuevo Complemento de Apoyo a la Ocupación supone una herramienta relevante para favorecer la incorporación progresiva al mercado laboral, permitiendo que las personas beneficiarias de un subsidio puedan aceptar una oferta de trabajo sin renunciar inmediatamente al apoyo económico que perciben.

Esta medida contribuye a mejorar la seguridad económica durante los primeros meses de la reincorporación laboral y fomenta una ocupación más estable.

A Feliu Consultors disponemos de un departamento laboral especializado que asesora emprendidas, autónomos y trabajadores en materia de contratación, nóminas, Seguridad Social, prestaciones y normativa laboral. Si tienes dudas sobre la compatibilidad entre subsidios y trabajo, o necesitas asesoramiento en cualquier cuestión relacionada con la gestión laboral, nuestro equipo te ayudará a analizar tu caso y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

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