Los consejeros y administradores de las sociedades se encuentran más vigilados que nunca por parte de la Agencia Tributaria.
El control aumenta cada año, hasta el punto que en dos años, el número de expedientes ha crecido un 17,1% y, según el último informe de control tributario, en 2022 se incrementaron en un 7,7% las derivaciones de responsabilidad y otras exigencias de deudas a terceros, realizando así 31.313 actuaciones en frente de las 29.078 que se llevaron a cabo el 2021. Este incremento continúa la tendencia de los últimos años en los que se ha realizado un esfuerzo para incrementar este tipo de actuaciones para arreciar el cobro de las deudas. La consecuencia de estas derivaciones de responsabilidad es la consecución del cobro de deudas por un importe de 580 millones de euros, es decir, un 31,5% más que el año anterior.
Resulta habitual que estas actuaciones de cobro, en frente a los deudores, contemplen tanto derivaciones de responsabilidad como la adopción de medidas cautelares. El efecto económico que suponen estas medidas, en relación al 2022, asciende a 456 millones de euros, un 67,9% más que el año anterior.
El año 2022 se adoptaron 4.797 medidas cautelares, un 5% menos que el 2021 y un 27,6% más que hace dos años.Esta cifra total incluye la realización de 745 acuerdos de prohibición de disponer sobre bienes inmuebles propiedad de sociedades las acciones o participaciones de las cuales fueran propiedad del deudor y se hubieran embargado, y a través de ellas se pudiera ejercer el control efectivo, ya sea total o parcial, directo o indirecto, sobre la sociedad titular de los inmuebles. Con esta medida cautelar se pretende evitar la despatrimonialitzación de la sociedad titular de los inmuebles, impidiendo su transmisión a un tercero.
Además, en 2022 la Agencia Tributaria ejercitó 1.101 acciones judiciales, un 6,3% más que el 2021 (1.036) y un 90% más que el 2020 (579), una evolución impulsada, fundamentalmente, por las acciones concursales y civiles que ha estado reforzando su área de recaudación. Las acciones judiciales son supuestos en los cuales, para la consecución del pago de las deudas, no solo se despliegan las facultades administrativas sino que la Administración tributaria recorre vías judiciales en los casos legalmente previstos.
El ámbito judicial para el cobro de deudas puede tener su expresión en diferentes órdenes. En la orden civil mediante la interposición de tercerías activas o acciones civiles, en la orden mercantil por varias acciones concursales, de retroacción, oposición a la rendición de cuentas etc. y en la orden penal como los casos de insolvencias punibles.
Estos resultados son consecuencia del aumento de la presión ejercida por la Agencia Tributaria sobre los contribuyentes, con las derivaciones de responsabilidad, un procedimiento iniciado por parte de la Administración para reclamar el pago de las deudas y sanciones pendientes, tanto tributarias como no tributarias a las personas o entidades a las cuales la normativa tributaria considera responsables como consecuencia de haber realizado determinadas actuaciones o comportamientos regulados a la ley. Si el procedimiento acaba con la declaración de responsabilidad, el afectado tendrá que hacer frente al pago de las deudas y sanciones por las cuales haya sido declarado responsable, junto con el deudor principal.
Todos los asesores fiscales consultados confirman el aumento de derivaciones de responsabilidad que los llegan. Incluso, la misma Agencia Tributaria, reconoce su intención de mantener la presión dada la eficacia demostrada como instrumento de prevención y control del fraude en fase recaudatoria, y durante el 2023 se continuará activamente con las actuaciones de investigación dirigidas a identificar a terceros responsables y a otras personas el cargo de las cuales la ley impone la obligación de pago, y a acreditar la concurrencia de los supuestos de hecho previstos en la norma para exigirlos el pago de las deudas así como un refuerzo de las medidas cautelares.