Publicado en el BOE el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para el 2022
Se ha publicado en el BOE la resolución del 26 de enero de 2022 sobre el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para este año 2022.
Se ha publicado en el BOE la Resolución de 26 de enero de 2022, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2022.
¿Cuáles son las principales directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero?
A continuación se detallan las principales directrices sobre el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero publicado por la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria:
- A los contribuyentes no obligados a SII se les permitirá la posibilidad de confeccionar su modelo 303 automáticamente a partir de la información contenida en sus libros registro (llevados de acuerdo con el formato estandarizado) similar al existente para el modelo 100. El contribuyente podrá importar trimestralmente los datos de los libros para cumplimentar automáticamente la autoliquidación correspondiente del periodo, de forma que tendrá todo el modelo 303 auto cumplimentado para presentar con un solo clic, como una nueva funcionalidad dentro del Proyecto PRE303 – servicio de ayuda a la cumplimentación del modelo 303
- También se ofrecerá, en el plan de control tributario y adunero 2022, la posibilidad de confeccionar el modelo 130 automáticamente a partir de la información contenida en sus libros registro
- Se potenciarán avisos correspondientes a la realización de operaciones con monedas virtuales y criptoactivo
- Estará disponible el modelo de autoliquidación del gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por SICAV
- En este nuevo plan anual de control tributario y aduenaero, se trabajará en la depuración del censo de entidades no mercantiles con el objetivo de dar de baja, en su caso, aquellas entidades que no cumplan los requisitos para estar efectivamente dadas de alta
- Asegurar la correcta declaración, por parte de las sociedades mercantiles, de los elementos identificativos o censales que resultan de capital importancia para un adecuado proceso de la información fiscal, en relación con la información declarada en modelos 036, 303, 322, 390, 220 y 200.
- Se prestará especial atención a las empresas que comiencen su actividad importadora, incluyendo en su caso labores de información con el objetivo de garantizar el cumplimiento voluntario
- Se dará continuidad a los planes de visitas, diseñados específicamente para incentivar el cumplimiento voluntario por parte del sector del pequeño empresariado y se va a reincidir en una técnica novedosa de trabajo, basada en los principios de la OCDE consistente en complementar el plan extensivo anual de visitas a determinados sectores empresariales con la emisión de un número de cartas aviso dirigidas a aquellos contribuyentes, de los sectores elegidos, que incurran en determinados parámetros de riesgo de incumplimiento cuando se observe que dichos parámetros se vienen manteniendo de forma continuada a lo largo de los últimos ejercicios.
- El uso del sistema informático VIVI (sistema de Visita Virtual) se consolidará también para la firma de las actas. La Agencia Tributaria va a continuar con las comprobaciones de aquellos sectores o modelos de negocio en los que se aprecien altos niveles de economía sumergida, así como, de aquellos con o sin personalidad jurídica, que han sido utilizados como instrumento de fraude tributario. Asimismo, va a continuar la tarea de comprobación respecto de contribuyentes que han consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades
- El empleo de sistemas informáticos que permiten y facilitan la alteración de los registros contables de todo tipo, será objeto aún de mayor atención y control si cabe que en ejercicios previos, extendiéndose estas labores de control a la fabricación, producción y comercialización de los mismos en el marco del desarrollo reglamentario de esta materia prevista tras la ley del fraude de 2021
- Se evaluarán con un mayor nivel de prioridad, en general, los riesgos fiscales de aquellos contribuyentes que pertenezcan a los sectores de actividad que hayan sido menos perjudicados por un entorno económico fuertemente condicionado por los efectos del COVID-19
- En precios de transferencia se aplicará plenamente el nuevo sistema automatizado de análisis de riesgos basado en todo el conjunto de información disponible sobre operaciones vinculadas con el que actualmente cuenta la Administración tributaria, haciendo un uso efectivo tanto del conjunto de información obtenida internamente como de aquella a disposición de la Inspección como consecuencia del proyecto BEPS, tanto en el ámbito de la OCDE como en el de la Unión Europea. Los precios de transferencia y operaciones transnacionales van a ser un ámbito prioritario en, por ejemplo: las reestructuraciones empresariales, la valoración de transmisiones o cesiones intragrupo de distintos activos, señaladamente los intangibles, y la deducción de partidas que pueden erosionar significativamente la base imponible
- La comprobación de la correcta declaración de las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes a que están obligadas, en particular, las grandes empresas que pagan dividendos, intereses y cánones a no residentes sin establecimiento permanente en nuestro país, va a ser área de atención preferente
- Se va a desarrollar el sistema de ayuda PRE322, el cual servirá para facilitar la declaración y el análisis de la tributación de los grupos de entidades en IVA
- La Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes (UCCCPR) dedicará parte de sus esfuerzos, en este plan de control tributario y aduanero, a la implementación de herramientas para la explotación masiva de la nueva información procedente del Consejo General del Notariado, de la que dispondrá la Agencia Tributaria, y también ultimará la segunda fase la herramienta de detección automatizada de titulares reales de sociedades opacas residentes en España titulares de activos inmobiliarios residenciales de alto nivel
- Las líneas prioritarias de comprobación que la AEAT llevará a cabo son: presencia de la Administración en aquellos sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida; se controlará la obligación de que los sistemas informáticos utilizados garanticen la inalterabilidad de los registros; se programarán actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de la personalidad jurídica con la principal finalidad de canalizar rentas o realizar gastos personales de personas físicas, de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables; reforzamiento de las personaciones en las sedes donde se realiza, de modo efectivo, la actividad económica para intentar acabar con todas aquellas irregularidades de carácter meramente formal y, sin duda alguna, con aquellos supuestos más graves relacionados con la obtención de ingresos ocultos, así como, en general, cualquier otro incumplimiento susceptible de regularización; análisis de supuestos de sociedades vinculadas con una persona o grupo familiar y análisis globales del conjunto patrimonial, tanto personal como del entorno familiar, de aquellos contribuyentes cuyo perfil de riesgo se pueda asociar a supuestos de división artificial de la actividad
- En relación con el comercio electrónico se van a realizar las siguientes actuaciones: Aproximación cooperativa para determinar la forma más adecuada de acceder a la información necesaria de las plataformas de comercio electrónico; completa identificación fiscal de aquellos obligados tributarios que, aun no estando domiciliados en España, realicen el hecho imponible del IVA por sus ventas a consumidores finales localizados en nuestro país; completa implementación de las medidas normativas que derivan del paquete e-commerce; se continuarán realizando actuaciones específicas de control en aquellos casos en los que puedan existir diferencias entre los importes declarados y los que se deriven de la información obtenida
- La prohibición de software de doble uso y las monedas virtuales van a ser también objeto de actuaciones
- Se verificará por parte de la Administración tributaria el adecuado cumplimiento de la obligación de envío de registros del SII de todos los sujetos pasivos acogidos al sistema SII y los órganos de control de la AEAT desarrollarán actuaciones tendentes a comprobar la correcta aplicación del régimen de recargo de equivalencia del IVA. En 2022 se ofrecerá la utilización, de manera voluntaria, del servicio de importación de libros en el momento de la confección de las autoliquidaciones trimestrales de contribuyentes no SII, de forma que, con la llevanza de libros unificados, se ofrezca a los contribuyentes la puesta a su disposición, de manera ágil y sencilla, en la cumplimentación de los modelos 303 y 130, como autoliquidaciones periódicas, y del modelo 100, como autoliquidación de carácter anual
- Se van a intensificar las actuaciones de control de retenciones en la fuente para los modelos 190 y 184, en colaboración conjunta entre los Departamentos de Gestión Tributaria y de Inspección Financiera y Tributaria
- Se va a continuar con el control de las rentas obtenidas por artistas y deportistas no residentes que actúan en territorio español
- Se prevé incrementar las actuaciones en aquellas actividades digitales que puedan presentar un mayor riesgo tributario
- La estrategia nacional de lucha contra las tramas, incluye como objeto de especial seguimiento las siguientes operaciones: Sostenimiento de las medidas de control preventivo del Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI); mayor control del censo de entidades; control de fraude del IVA en operaciones intracomunitarias y en aquéllas directamente vinculadas a las primeras entregas posteriores a las importaciones referidas al material y componentes electrónicos no amparados por la inversión del sujeto pasivo; control sobre las tramas de fraude al IVA intracomunitario que operan en el sector de vehículos; comprobación e investigación combinadas de las importaciones de productos de consumo, textiles y otros con origen asiático; control de los operadores, tanto mayoristas como minoristas, que están actuando fraudulentamente en el sector de hidrocarburos; control del reembolso del IVA soportado en las adquisiciones de bienes efectuadas por los viajeros no residentes en el territorio de aplicación del impuesto
- Se mantendrá un elevado número de visitas a los establecimientos donde se encuentran mercancías sujetas a vigilancia aduanera para verificar el correcto uso de las autorizaciones correspondientes
- En relación con la prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales, la AEAT desarrollará específicamente una serie de actuaciones encaminadas a la neutralización de las actividades del crimen organizado, actuando de manera integral contra las estructuras logísticas, financieras y patrimoniales de las organizaciones criminales
- Se continuará con el control de las titularidades de conveniencia de los Terminales de Puntos de Venta que pudieran ser utilizadas para evitar las actuaciones de embargo. Igualmente se intensificarán las actuaciones específicas en relación con los deudores con reconocimientos de deuda o solicitudes de aplazamiento sin ofrecimiento de garantía para reducir el riesgo de impago
- Serán objeto de seguimiento las deudas ingresadas por los deudores tras un acuerdo de derivación de responsabilidad, así como del cumplimiento e ingresos efectuados a partir de dicho acuerdo
Si tienes alguna duda sobre las directrices marcadas en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero del 2022 por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, nuestro asesores en materia de economia estarán encantados de solventar todas las dudas.
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Autor:
Departamento de Economia