Te has planteado ante qué escenario nos encontraríamos si de un día por otro nos encontráramos inmersos en alguna enfermedad degenerativa o cerebrovascular que nos dejara fuera de juego a nosotros mismos o a un familiar próximo? Las personas afectadas de un incipiente trastorno cognitivo o aquellas quien quieran prevenir cualquier situación tienen al alcance una herramienta jurídica a menudo fuerza desconocida para proteger su persona y bienes: la escritura pública de poder preventivo.
El poder preventivo consiste en un documento notarial que se puede hacer a favor de una o varias personas de nuestra confianza para que el día de mañana nos representen y puedan velar por nuestros intereses sin vernos involucrados de manera obligatoria en un procedimiento judicial de incapacitación, es decir, son la alternativa al procedimiento de incapacitación que acostumbra a ser bastante largo y costoso, y pues una opción mucho más práctica y al alcance de todo el mundo.
Este poder tiene una particularidad muy importante y es que aunque la persona pierda sus facultades el poder continúa vigente, a diferencia del que pasa con otros poderes. El poderdante puede fijar las medidas de control dirigidas al apoderado y las causas por las cuales se extingue el poder. Las opciones en la hora de otorgar el poder son varias: o bien, se puede apoderar una única persona responsable de los aspectos personales y patrimoniales; o bien, nombrar dos personas, para que una de ellas sea responsable de los aspectos personales, y la otra por ejemplo, de las cuestiones patrimoniales. Si estás pensando en que te gustaría tener más información sobre esta figura jurídica y quieres más asesoramiento no dudes a contactar con nosotros.
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