Todas las personas que firmaron o cancelaron su hipoteca antes de junio de 2019 y pagaron los gastos de gestoría, notaría, registro, tasación y comisión de apertura pueden ahora reclamar la devolución de estas cuantías. Así lo establece la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 25 de enero de 2024, que avala la decisión del Tribunal Supremo de 2015 de considerar abusivos y nulos estos gastos.
Cualquier persona que haya firmado o cancelado una hipoteca antes de junio de 2019 y que haya pagado los mencionados gastos puede presentar una reclamación. Esta medida aplica incluso si la hipoteca ya ha sido cancelada.
Los consumidores pueden reclamar los gastos relacionados con la escritura de constitución o cancelación del préstamo hipotecario, incluyendo:
- Gastos del Registro de la Propiedad.
- Gastos de gestoría.
- Gastos de tasación.
- Gastos de notaría (al 50% con el banco).
- Comisión de apertura.
- Interés legal.
El coste del impuesto de actos jurídicos documentados será asumido por la entidad financiera si la hipoteca se firmó después del 10 de noviembre de 2018. En caso contrario, corresponde al consumidor.
El TJUE ha ampliado el plazo para reclamar estos gastos, indicando que el período para hacerlo comienza cuando el consumidor toma conocimiento de que la cláusula es abusiva. Por tanto, no hay una fecha límite única y concreta, variando según cada caso individual.
Si eres una de las personas que firmo su hipoteca después de 10 de noviembre de 2018, no dudes en iniciar la reclamación. Ahora tienes la oportunidad de recuperar el dinero que pagaste indebidamente.
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