El 29 de octubre entró en vigor la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento de la Ley Antifraude Fiscal, aprobado por el RD 1007/2023, que entró en vigor el pasado 7 de diciembre de 2023.

El objetivo de esta Orden es detallar los aspectos técnicos, funcionales y de contenido recogidos en el Reglamento de la Ley Antifraude Fiscal, que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas informáticos de facturación de empresas y profesionales, así como estandarizar los formatos de los registros de facturación.

Entre los aspectos destacados de su contenido, la Orden distingue entre los requisitos que deberán cumplir los sistemas informáticos “Veri*factu” y los que no tengan esta consideración. Además, este texto legal también regula las características que tendrá la aplicación informática que desarrollará la propia AEAT y que pondrá gratuitamente a disposición de los contribuyentes.

Finalmente, en el anexo de la norma se contempla la estructura, el contenido y el formato de los archivos de registro de facturación. VERIFACTU está impulsado por la Agencia Tributaria y tiene como objetivo fomentar la digitalización y automatización de la fiscalidad empresarial y profesional. Afecta a empresas y autónomos que utilizan aplicaciones informáticas para generar la facturación, que deberán generar un registro de facturación en el momento de la expedición de la factura. Está regulado en el Reglamento aprobado por el RD 1007/2023, de 5 de diciembre.

CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES:

Las aplicaciones informáticas deberán contar con una declaración responsable para acreditar que cumplen lo establecido en la Orden Ministerial:

  • Se debe generar un registro de facturación por cada factura expedida o por cada factura rectificativa.
  • Se deben cumplir garantías de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
  • De manera voluntaria, se puede permitir el envío automático de cada registro de facturación a la Agencia Tributaria: este es el SISTEMA VERIFACTU, recomendado por Hacienda y que asegura el cumplimiento del punto anterior.
  • Si se opta por NO enviar automáticamente los registros (SISTEMA NO VERIFACTU), los registros de facturación deberán custodiarse de forma segura. La Agencia Tributaria podrá requerir una copia para comprobar que se cumplen los requisitos mencionados.

¿CUÁNDO SERÁ OBLIGATORIO ADOPTAR EL NUEVO SISTEMA?

  • 1 de julio de 2025, fecha límite para que los obligados tengan operativos sus sistemas informáticos adaptados a las características y requisitos del Reglamento, según la Disposición Final 4ª del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre.
  • En el plazo de 9 meses desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial, fecha límite para que los desarrolladores de programas informáticos se adapten a las disposiciones del Reglamento.

No obstante, se está discutiendo la posibilidad de aplazar su entrada en vigor hasta 2026.

¿A QUIÉN AFECTA VERIFACTU?

A todos aquellos empresarios, sociedades y profesionales y a las operaciones que realicen, siempre que tengan la obligación de facturar y no estén acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII), como grandes empresas o contribuyentes acogidos al Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME), entre otros.

ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN

En todo el territorio español, excepto en los regímenes fiscales forales de la Comunidad Foral de Navarra y el País Vasco.

IDENTIFICACIÓN DE FACTURA “VERIFACTU”

  • Código QR: Las facturas Verifactu deberán incorporar obligatoriamente un código QR con datos identificativos.
  • Referencia al sistema Verifactu: Las facturas deberán indicar expresamente que han sido generadas mediante un sistema de facturas verificables, con la expresión “Veri*Factu”.
  • Envío de información a Hacienda: La factura Verifactu permitirá el envío a la Agencia Tributaria mediante un dispositivo de lectura de códigos QR.
  • Registro de eventos: Además, se deberá mantener un registro de cada factura y evento asociado.

VENTAJAS DEL SISTEMA VERIFACTU

  • Genera confianza en el cliente que recibe la factura, ya que tiene la certeza de que se cumplen las obligaciones tributarias y que la operativa es transparente.
  • Facilita los registros contables y, en un futuro, la realización de las declaraciones tributarias. Se integra en los procesos de digitalización.

CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO

  • Para los desarrolladores: Multa fija de 150.000 euros por la fabricación, producción o comercialización de sistemas informáticos que no cumplan las especificaciones del Reglamento, por cada ejercicio económico y por cada tipo de sistema o programa objeto de la infracción.
  • Para los usuarios: Multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio si disponen de sistemas o programas informáticos sin la debida certificación reglamentaria o si han alterado o modificado los dispositivos certificados.

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